Ecuador en rumbo de colisión: la nueva ley de áreas protegidas y la furia indígena

Una legislación aprobada en silencio por el Parlamento de Ecuador provoca un terremoto político, jurídico y social por su amenaza a los derechos ancestrales y compromisos ambientales internacionales

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Una ley polémica con implicaciones históricas

El Parlamento ecuatoriano aprobó recientemente una ley que ha desatado una ola de críticas sin precedentes por parte de pueblos indígenas, ambientalistas, juristas y activistas internacionales. Aprobada con 80 votos a favor en una Asamblea Nacional de 151 escaños —mientras muchos legisladores permanecían ausentes durante la votación—, la nueva norma permite que entidades privadas, incluyendo empresas extranjeras, participen en la gestión de zonas de conservación ambiental.

La norma ha sido defendida por el Ejecutivo con argumentos como la mejora de la seguridad en parques naturales, fomento del ecoturismo y lucha contra la minería ilegal. Sin embargo, los opositores denuncian que abre la puerta a la apropiación de tierras indígenas, facilita la explotación de recursos naturales y contraviene principios básicos de conservación ambiental consagrados en la Constitución de 2008.

Una Constitución pionera bajo amenaza

En 2008, Ecuador hizo historia al convertirse en el primer país del mundo en reconocer los derechos de la naturaleza —o Pachamama— en su carta magna. Esta visión ecológica profunda estableció límites explícitos a la intervención humana en ecosistemas protegidos y otorgó fuerte protagonismo a las comunidades indígenas en la defensa de sus territorios ancestrales.

“Esto es vandalismo constitucional”, denunció Oscar Soria, codirector de la organización internacional The Common Initiative. Según él, con esta ley, “Ecuador ha hecho trizas su credibilidad internacional e invitado al aislamiento global”.

Críticos de peso argumentan que la ley no sólo contradice los principios de la Constitución, sino también incumple al menos 15 acuerdos internacionales, incluyendo:

  • El Convenio 169 de la OIT, sobre pueblos indígenas y tribales
  • El Acuerdo de Escazú, centrado en el acceso a la información y justicia ambiental
  • La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas

El proceso legislativo: ¿transparente o impuesto?

Una de las críticas más severas a la ley es que fue tramitada bajo el mecanismo de “urgencia económica” alegando un conflicto interno nacional, lo que aceleró su aprobación y limitó el debate legislativo y la consulta previa.

Justino Piaguaje, líder del pueblo Siekopai y principal vocero de la organización indígena NASIEPAI, fue contundente: “Los legisladores del Ecuador reabrieron una herida histórica. Esta ley no sólo refuerza las violaciones sistémicas de nuestros derechos, sino que perpetúa activamente un legado de despojo y violencia que se remonta a la era colonial.”

Además, denunció que “amenaza nuestra supervivencia y profana la dignidad del pueblo ecuatoriano”.

La respuesta oficial: promesas sin consenso

Valentina Centeno, presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico del Parlamento, intentó calmar las aguas asegurando que la ley “no permite actividades extractivas” y posee un “artículo explícito que las prohíbe”. Incluso pidió un aplauso en la Asamblea tras la aprobación.

Sin embargo, para las organizaciones indígenas, ambientalistas y abogados constitucionalistas, estas promesas suenan huecas. Argumentan que al permitir la gestión privada —nacional o extranjera—, se abre un portal gris que puede ser aprovechado para deslizar prácticas extractivas bajo nombre de inversión o ecoturismo.

Impactos concretos: despojo, criminalización y erosión ecológica

La historia reciente en Ecuador y otros países de América Latina muestra que donde hay recursos, hay intereses. Las comunidades indígenas ya han vivido el desplazamiento forzado o la criminalización por defender sus territorios frente a hidroeléctricas, petroleras o mineras, muchas veces en alianza con el Estado.

La ONG Amazon Watch ha documentado en múltiples ocasiones cómo las zonas de “uso compartido” terminan facilitando la entrada de actores depredadores. En palabras de la abogada Katiuska Ruales, especializada en derechos indígenas: “Los precedentes son claros: cuando el Estado abre la gestión a terceros, los pueblos son los primeros en sufrir.”

La sombra del capital internacional

El hecho de que la ley permita la participación de empresas extranjeras ha encendido las alarmas de múltiples observadores. Ecuador, por su biodiversidad y abundancia de recursos no renovables, ha sido históricamente un foco de interés para multinacionales petroleras y mineras.

Ahora, voces como la del economista ambiental José Hidalgo advierten de un fenómeno global: la captura de áreas protegidas por el capital internacional bajo el manto de “conservación privada”. Esta tendencia ha sido documentada por estudios académicos de la Universidad de Leeds y UCLA que indican cómo tales mecanismos muchas veces desplazan comunidades locales y erosionan prácticas sostenibles ancestrales.

Los caminos de la resistencia

En respuesta, comunidades y confederaciones indígenas como la CONAIE, la CONFENIAE y NASIEPAI han anunciado una ofensiva legal ante la Corte Constitucional del Ecuador y foros internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

“Ya hemos ganado antes y volveremos a hacerlo”, prometió Leonidas Iza, presidente de la CONAIE. Recordó la victoria legal de las comunidades indígenas de Sarayaku ante el Estado ecuatoriano en 2012, que sentó un precedente para el derecho a la consulta previa libre e informada.

¿Un caso testigo para América Latina?

Esta ley no sólo pone a Ecuador en el ojo del huracán, sino que puede sentar precedentes graves para toda la región. Según el antropólogo colombiano Mario Agudelo, “lo que está en juego es mucho más que una ley nacional: es un modelo de gobernanza ambiental que puede expandirse peligrosamente por el continente”.

La ONU ha advertido que América Latina es la región más peligrosa del mundo para los defensores del medio ambiente. La aprobación de leyes como esta —sin participación popular y con fines ambiguos— sólo agravan dicha situación.

El poder de la vigilancia ciudadana

Periodistas, observadores internacionales y ciudadanos están ya documentando cada paso del proceso legislativo y el impacto territorial de la nueva norma. Plataformas como Alianza Ceibo y medios independientes como Mongabay han empezado campañas para visibilizar los riesgos que implica esta legislación.

El poder de la atención pública y el escrutinio global vuelve a ser vital para ejercer presión y prevenir posibles abusos, como ocurrió con el caso del Yasuní, cuando una consulta popular frenó la explotación petrolera en uno de los lugares con mayor diversidad biológica del mundo.

Reflexiones finales: derechos ancestrales frente a intereses modernos

Lo ocurrido en Ecuador es un llamado urgente para repensar el modelo de desarrollo y conservación en América Latina. ¿Cuál es el precio de atraer inversiones? ¿Cuándo el ecoturismo se convierte en extractivismo encubierto? ¿Puede un territorio ser “protegido” si los que lo habitan son excluidos de las decisiones?

La respuesta de las comunidades indígenas ha sido clara y contundente: no quieren caridad ni paternalismo, sino respeto y autonomía. Proteger la naturaleza no es sólo conservar un paisaje, sino asegurar la continuidad de culturas, lenguas, conocimientos y cosmovisiones que llevan siglos cuidando lo que hoy llamamos biodiversidad.

Este artículo fue redactado con información de Associated Press